Un buen amigo me envía el texto que les copio a continuación. Se trata de un comentario bien informado del auto de la Audiencia Provincial de Navarra en el que se declara ilegal el sistema de servidumbre impuesto por los bancos a los hipotecados fallidos (ver aquí la noticia). Como me dice en su correo, pocas noticias de los últimos meses pueden afectar tanto a quienes viven a un paso de la pobreza en nuestro país. Es sólo una batalla en una guerra mucho más larga; una batalla que puede ser perdida en el recurso. Pero es que el auto habla de una actuación "moralmente rechazable". ¡El auto! No me digan que no es para ponerse sentimental.
El auto es absolutamente rompedor, todo un torpedo en la línea de flotación de nuestro aberrante sistema hipotecario, y aunque los juristas más puristas probablemente lo consideren mal fundado, a mí (que ni soy tan purista, ni ya casi tan jurista) me parece valiente (muy valiente) y bien fundado en Derecho.
Lo que hace el auto (que no dicta un juez tarado, sino una Audiencia, esto es, tres magistrados) es desmontar la situación actual, en virtud de la cual el ciudadano siempre perdía y el banco (qué casualidad) siempre ganaba: a la hora de concederte una hipoteca el banco valoraba tu casa en 500.000 euros y te daba un préstamo de 400.000, pero a la hora de ejecutarla volvía a valorarlo, lo hacía (¡vaya!) en 200.000 euros, con lo que el pobre prestatario se quedaba sin casa y con una deuda adicional de 200.000 euros. Y mira que es curioso que el banco se cuidaba mediante las oportunas cláusulas contractuales de que no pudiera ocurrir al revés. Esto es, si el piso en vez de perder valor lo ganaba, el banco no te devolvía la diferencia a tu favor una vez ejecutada la hipoteca.
La situación no sólo era (es: esto todavía no ha creado jurisprudencia; veremos qué pasa si llega al Supremo) radicalmente injusta, sino que daba lugar a situaciones aterradoras: ciudadanos y familias (muchas de ellas inmigrantes, a los que ha afectado especialmente la crisis de la construcción) que de la noche a la mañana se quedaban sin trabajo, sin casa y con una deuda de 60.000 euros con el banco. A ver quién demonios sale de esa situación: absolutamente dramático.
Lo que hace el auto es considerar (amparándose en el artículo 3.1 del Código Civil, en virtud del cuál "las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas") que la deuda queda saldada con la entrega del bien hipotecado (que tampoco es moco de pavo: te quedas sin casa).
A mí me parece de una justicia evidentísima: debe ser el banco quien, a la hora de conceder un préstamo, evalúe el riesgo que ello supone (porque el valor del bien puede disminuir) y se atenga a ello a la hora de determinar la cuantía máxima del mismo. De lo contrario lo que se está haciendo es imponer todo el riesgo de la operación sobre los hombros de la parte más débil y más ignorante: el ciudadano. Que digo yo que para algo deberían servir los flamantes gabinetes de estudios de los bancos: por ejemplo, para prever que los precios de los pisos iban a bajar y conceder unos préstamos en consonancia con tal previsión (previsión ésta para la que, por otra parte, tampoco hacía falta ser Keynes o Hayek). Aunque la verdad - pensarán éstos- , para qué vamos a prever nada, si siempre salimos ganando y el marrón siempre se lo comen los mismos.
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